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jueves, 10 de noviembre de 2011

Anexo 1. Notificación de la Voluntad de Elegir Delegados al Inspector de Trabajo

El artículo 41 de la Lopcymat, establece que la elección de los delegados o delegadas de prevención, le atañe a los trabajadores y trabajadoras, facultándolos para que por sí mismos o a través de sus representantes, notifiquen al Inspector del Trabajo o a quienes legalmente hagan sus veces (Anexo 1).

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