martes, 27 de marzo de 2012

Video: Los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo


El INPSASEL (Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales de Venezuela), ofrece en su sitio "Herramientas para la Gestión del Delegado de Prevención", el video de formación en Seguridad y Salud Laboral titulado "Incapacidad Temporal del trabajador". En el mismo se hace una entrevista a la Abogada Especialista Luisa Romero quien aporta valiosa  información sobre ese tema.
Recuerde lo que señalan los articulos de la LOPCYMAT: 

lunes, 26 de marzo de 2012

Informe Mundial Sobre Salarios 2010/2011. Políticas salariales en tiempos de crisis


El segundo en una serie de informes de la OIT sobre la evolución de los salarios, este “Informe Mundial sobre Salarios 2010/2011. Políticas salariales en tiempos de crisis” revisa las tendencias salariales a nivel mundial y regional durante los años de la crisis económica y financiera de 2008 y 2009. 
La parte I del informe se centra en la desaceleración del crecimiento de los salarios mensuales promedio como también en algunas fluctuaciones a corto plazo en la participación de los salarios. Estos cambios sucedieron en un contexto de moderación salarial en años anteriores a la crisis y una tendencia a largo plazo de creciente desigualdad salarial desde mediados de la década de 1990.
La parte II del informe examina el rol de las políticas salariales en tiempos de crisis y recuperación. La negociación colectiva y los salarios mínimos pueden ayudar a lograr una recuperación equilibrada y equitativa, asegurando que las familias de los trabajadores participen de los frutos del crecimiento económico futuro. A su vez, prevenir la caída del poder adquisitivo de trabajadores de bajo salario puede contribuir a una recuperación más rápida, sosteniendo la demanda agregada. El informe muestra que las estrategias y el diseño de políticas son esenciales para asegurar que los trabajadores de bajo salario se beneficien de la representación sindical y el salario mínimo, argumentando que es necesario complementar las políticas salariales mediante la cuidadosa integración de beneficios laborales y otras transferencias al ingreso. 
La parte III concluye con un resumen del informe y destaca temas críticos para mejorar las políticas salariales. 


Lea y descargue el documento Aqui

Tendencias Mundiales del Empleo de 2012: Prevenir una crisis mayor del empleo


En los informes anuales 'Tendencias Mundiales del Empleo' se proporcionan las estimaciones mundiales y regionales más recientes sobre el empleo y el desempleo, la distribución sectorial del empleo, el empleo vulnerable, la productividad de la mano de obra y los pobres que trabajan, al tiempo que se analizan cuestiones y tendencias del mercado de trabajo en el ámbito de los países. 
Sobre la base de los datos disponibles más recientes, y tomando en consideración las tendencias y pronósticos macroeconómicos, con esta publicación se procura arrojar luz sobre las tendencias y problemas actuales del mercado de trabajo. Los informes toman como referencia los Indicadores Clave del Mercado de Trabajo, e incluyen un conjunto congruente de cuadros con estimaciones regionales y mundiales de los indicadores del mercado de trabajo. En cada informe se da una panorámica a corto plazo del mercado de trabajo, centrándose en el desempleo, el empleo vulnerable y los pobres que trabajan.
En 'Tendencias Mundiales del Empleo de 2012' se hace un balance de los acontecimientos del mercado de trabajo y los nuevos problemas que se plantean a medida que el mundo sigue su lucha para forjar una recuperación sostenible de la crisis económica y del empleo en el mundo. 
Leer el Libro Aqui

domingo, 25 de marzo de 2012

Video: Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo


El INPSASEL (Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales de Venezuela), ofrece en su sitio "Herramientas para la Gestión del Delegado de Prevención", el video de formación en Seguridad y Salud Laboral titulado "Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo". En el mismo se hace una entrevista a la Abogado Especialista Jorge Vásquez quien aporta valiosa  información sobre ese tema.

Video: Delegadas y Delegados de Prevencion


El INPSASEL (Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales de Venezuela), ofrece en su sitio "Herramientas para la Gestión del Delegado de Prevención", el video de formación en Seguridad y Salud Laboral titulado "Delegadas y Delegados de Prevención". En el mismo se hace una entrevista al Abogado Especialista Jorge Vásquez quien aporta valiosa  información sobre ese tema. 

¿ Cuales son las facultades del delegado de Prevención según la LOPCYMAT?

Artículo 43.
En el ejercicio de las competencias atribuidas al delegado o delegada de prevención, éstos están facultados para:
  1. Acompañar a los técnicos o técnicas de la empresa, a los asesores o asesoras externos o a los funcionarios o funcionarias de inspección de los organismos  oficiales, en las evaluaciones del medio ambiente de trabajo y de la infraestructura de las áreas destinadas a la recreación, descanso y turismo social, así como a los inspectores y supervisores o supervisoras del trabajo y la seguridad social, en las visitas y verificaciones que realicen para comprobar el cumplimiento de la normativa, pudiendo  formular ante ellos las observaciones que estimen oportunas.
  2. Tener acceso, con las limitaciones previstas en esta Ley, a la información y documentación relativa a las condiciones de trabajo que sean necesarias para el ejercicio de sus  funciones. Esta información podrá ser suministrada de manera que se garantice el respeto de la confidencialidad y el secreto industrial.
  3. Solicitar información al empleador o empleadora sobre los daños ocurridos en la salud de los trabajadores   trabajadoras una vez que aquel hubiese tenido conocimiento de ellos, pudiendo presentarse, en cualquier oportunidad, en el lugar de los hechos, para conocer las circunstancias de los mismos.
  4. Solicitar al empleador o empleadora los informes procedentes de las personas u órganos encargados de las actividades de seguridad y salud en el trabajo en la empresa, así como de los organismos competentes.
  5. Realizar visitas a los lugares de trabajo y a las áreas destinadas a  la recreación y descanso, para ejercer la labor de vigilancia y control de las condiciones y medio ambiente de trabajo, pudiendo, a  tal fin  acceder a cualquier zona de los mismos y comunicarse durante la jornada con los trabajadores, sin alterar el normal desarrollo del proceso productivo.
  6. Demandar del empleador o de la empleadora la adopción de6.medidas de carácter preventivo y para la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores y trabajadoras, pudiendo a tal  fin efectuar propuestas al Comité de Seguridad y Salud Laboral para su discusión en el mismo. La decisión negativa del empleador o de la empleadora a la adopción de las medidas propuestas por el delegado o delegada de prevención a tenor de lo dispuesto en el numeral seis (6) de este artículo deberá ser motivada

Video: Protección especial para las Delegadas y Delegados de Prevención: Articulo 44 LOPCYMAT


El INPSASEL (Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales de Venezuela), ofrece en su sitio "Herramientas para la Gestión del Delegado de Prevención", el video de formación en Seguridad y Salud Laboral titulado "Protección especial para las Delegadas y  Delegados de Prevención". En el mismo se hace una entrevista a la Abogada Especialista Luisa Romero quien aporta valiosa  información sobre ese tema.
Recuerde lo que señala la LOPCYMAT: 
Art. 44: El delegado o delegada de prevención no podrá ser despedido, trasladado o desmejorado en sus condiciones de trabajo, a partir del momento de su elección y hasta tres  (3) meses después de vencido el término para el cual fue elegido o elegida, sin justa causa  previamente calificada por el Inspector del Trabajo, en concordancia con la Ley Orgánica del Trabajo.



Video: Incapacidad temporal en el trabajo según la LOPCYMAT


El INPSASEL (Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales de Venezuela), ofrece en su sitio "Herramientas para la Gestión del Delegado de Prevención", el video de formación en Seguridad y Salud Laboral titulado "Incapacidad Temporal del trabajador". En el mismo se hace una entrevista a la Abogada Especialista Luisa Romero quien aporta valiosa  información sobre ese tema.
Recuerde lo que señalan los articulos de la LOPCYMAT: 
Art. 79:
Discapacidad temporal
La discapacidad temporal es la contingencia que, a consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, imposibilita al trabajador o trabajadora amparado para trabajar por un tiempo determinado. En este supuesto, se da lugar a una suspensión de la relación de trabajo de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo. El trabajador o trabajadora tendrá derecho a una prestación dineraria equivalente al cien por cien (100%) del monto del salario de referencia de cotización correspondiente al número de días que dure la discapacidad. Dicha prestación se contará a partir del cuarto día de la ausencia ocasionada por el accidente o la enfermedad y hasta el momento de su rehabilitación, readaptación o curación o de la declaratoria de discapacidad permanente o de la muerte. 
El empleador o empleadora será el responsable de la cancelación del salario, incluyendo todos los beneficios socioeconómicos que le hubiesen correspondido como si hubiese laborado efectivamente la jornada correspondientes a los tres (3) primeros días continuos de la discapacidad temporal del trabajador o de la trabajadora. Dicha cancelación se hará sobre el cien por cien (100%) del monto del salario de referencia de cotización pagadera de forma mensual, en el territorio de la República, en moneda nacional.
Artículo 100   
Obligación del Empleador o Empleadora de Reingresar o Reubicar al Trabajador o Trabajadora. Finalizada la discapacidad temporal, el empleador o la empleadora deberá incorporar o reingresar al trabajador o la trabajadora que haya recuperado su capacidad para el trabajo en el cargo o puesto de trabajo que desempeñaba con anterioridad a la ocurrencia de la contingencia, o en otro de similar naturaleza.
Cuando se haya calificado la discapacidad parcial permanente, o la discapacidad total permanente para el trabajo habitual, el empleador o la empleadora deberá reingresar y reubicar al trabajador o a la trabajadora en un puesto de trabajo compatible con sus capacidades residuales.  
Para cumplir esta obligación, el empleador o la empleadora efectuará los traslados de personal que sean necesarios.
En todos estos casos, el empleador o la empleadora informará de las medidas adoptadas al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales para su debida supervisión y evaluación.
El trabajador o la trabajadora que se encuentre en cualquiera de las situaciones descritas, gozará de inamovilidad laboral por un período de un (1) año, contado desde la fecha de su efectivo reingreso o reubicación.
Salvo lo previsto en el párrafo anterior, cuando el empleador o la empleadora incumpla con estas obligaciones, el trabajador o la trabajadora afectados podrán demandar su cumplimiento ante los tribunales con competencia en materia del trabajo.


Día Mundial de la Tuberculosis 2012 Alto a la TB en mi Generación


sábado, 24 de marzo de 2012

Finaliza el 4º Curso de Método de Investigación y Vigilancia Epidemiológica en Salud Ocupacional avalado por la UCLA

Finaliza el 4º Curso de Método de Investigación y Vigilancia Epidemiológica en Salud Ocupacional avalado por la UCLA en el Decanato de Ciencias de la Salud en Barquisimeto. 

miércoles, 21 de marzo de 2012

Libro de Terapia Ocupacional para descargar


Esta libro hace un examen minucioso de cómo la teoría se representa en la práctica profesional e incluye numerosos instrumentos de evaluación, ejemplos de casos y otros recursos desarrollados por terapeutas ocupacionales de todo el mundo, quienes han identificado nuevas formas de expandir y aplicar este modelo de la práctica en esta importante area de la Salud Ocupacional.

Descargue el Libro Aqui

LinkWithin

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...