lunes, 11 de julio de 2016

Definición de accidente "por causa" y accidente "con ocasión" del trabajo

accidente "por causa" ,accidente "con ocasión" del trabajo


"Por Causa". Se considera que un accidente ocurre “por causa “del trabajo cuando entre ambos(trabajo y accidente) no existe una relación directa, es decir, el accidente sucede cuando se está realizando algo que no hace parte de las actividades propias del oficio, pero se reúnen condiciones necesarias y suficientes para catalogar el hecho como profesional.

“Con ocasión” .Esta expresión debe entenderse como “trabajando”, o sea; debe existir una relación directa entre el trabajo o actividad que se realiza y el accidente, en otras palabras, el evento ocurre durante la ejecución de una actividad que hace parte de las funciones propias del cargo u oficio.

lunes, 4 de julio de 2016

Criterios generales para la identificación y el reconocimiento de las enfermedades profesionales



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La relación causal se establece sobre la base de datos clínicos y patológicos;información básica sobre la ocupación y un análisis del empleo; identificación y evaluación de los factores de riesgo de la ocupación considerada, y el papel que desempeñan otros factores de riesgo.
Los datos epidemiológicos y toxicológicos son útiles para determinar la relación causal que existe entre una enfermedad profesional específica y la exposición correspondiente en un entorno de trabajo o actividad laboral específicos.
Por regla general, los síntomas no son lo suficientemente característicos para permitir el diagnóstico de una enfermedad profesional si no se conocen los cambios patológicos provocados por los factores físicos, químicos, biológicos o de otro tipo a que están expuestos los trabajadores en el ejercicio de una ocupación.
Por lo tanto, es normal que cuanto mejor se conozcan los mecanismos de acción de los factores mencionados, el aumento constante del número de sustancias utilizadas, y las características y variedad de los agentes de los que se sospecha, más fácil resultará hacer un diagnóstico preciso, y al mismo tiempo ampliar la lista reconocida de enfermedades de origen profesional.
El reconocimiento de una enfermedad como profesional es un ejemplo concreto de toma de decisión en materia de medicina clínica o de epidemiología clínica aplicada.
Decidir sobre el origen de una enfermedad no es una «ciencia exacta», sino una cuestión de criterio basada en un examen crítico de todas las evidencias disponibles, entre las que se deben incluir las siguientes:


  • Intensidad de la asociación. Cuanto mayores sean los efectos de la exposición en la frecuencia o el desarrollo de una enfermedad, mayores serán las probabilidades de que exista una relación causal entre la exposición y ese desarrollo o frecuencia.
  • Concordancia. Diferentes informes de investigación que desembocan en resultados y conclusiones similares en términos generales.
  • Especificidad. La exposición a un factor de riesgo específico se traduce en un patrón claramente definido de la enfermedad o las enfermedades.
  • Relación o secuencia temporal. Entre la exposición considerada y la aparición de la enfermedad transcurre un período de tiempo compatible con cualquier mecanismo biológico propuesto.
  • Gradiente biológico. Cuanto mayores sean el nivel y la duración de la exposición, mayor será la gravedad de las enfermedades o su incidencia.
  • Plausibilidad biológica. De acuerdo con los conocimientos que hoy se tienen sobre las propiedades toxicológicas y químicas y otras características físicas del riesgo o peligro estudiado, es racional afirmar, desde el punto de vista biológico, que la exposición conduce al desarrollo de la enfermedad.
  • Coherencia. Se logra cuando a partir de una síntesis de todas las evidencias (por ejemplo, estudios de epidemiología humana y animal) se deduce la existencia de una relación causal en el sentido amplio y según el sentido común.
  • Estudios de intervención. En algunos casos, una prueba preventiva básica permite verificar si la supresión de un peligro determinado o la reducción de un riesgo concreto del entorno de trabajo o de la actividad laboral impide el desarrollo de una enfermedad específica o reduce su incidencia.

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Fte: Serie Seguridad y Salud en el Trabajo, núm. 74.Lista de enfermedades profesionales  
(revisada en 2010).

domingo, 3 de julio de 2016

Descargue Gratis Norma Técnica Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (NT-01-2008)

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En Gaceta Oficial Nº 39.070 de fecha 1º de diciembre de 2008, fue publicada por el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social la Norma Técnica Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo (NT-01-2008). descargue la Norma Técnica Aquí

Esta Norma Técnica establece los requisitos mínimos para diseñar, elaborar, implementar y evaluar un Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual garantizará a las trabajadoras y los trabajadores de cualquier centro de trabajo, con especial énfasis en aquellos más vulnerables a los procesos peligrosos (embarazadas, personas con discapacidad, niños, niñas y adolescentes trabajadores, personas con VIH o Sida, entre otros), condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales. 






Descargue Gratis Norma Técnica Declaración de Enfermedad Ocupacional NT-02-2008

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El 1º de diciembre de 2008, fue publicada la Resolución Nº 6228 del Ministerio para el Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social (“MINTRASS”) contentiva de la Norma Técnica para la Declaración de Enfermedad Ocupacional NT-02-2008 (la “Norma Técnica”), la cual, tiene por objeto establecer los criterios y acciones mínimas necesarias, conducentes a la declaración de enfermedades ocupacionales a partir de su investigación y diagnostico por parte del patrono, a través del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo. Lea y descargue la Norma Técnica NT-02-2008 Aquí





sábado, 25 de junio de 2016

¿Que es la Salud Pública?


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Para una definición de salud pública tomaremos la propuesta por Winslow (1920),ligeramente modificada por Milton Terris (1992):

"...es la ciencia y el arte de prevenir la enfermedad y la discapacidad, prolongar la vida y fomentar la salud física y mental y la eficiencia mediante esfuerzos organizados de la comunidad para el saneamiento del ambiente, control de enfermedades infecciosas y traumatismos, educación del individuo en principios de higiene personal, organización de servicios para el diagnóstico y tratamiento de enfermedades y para rehabilitación, y el desarrollo de la maquinaria social que asegurará a cada individuo en la comunidad un nivel de vida adecuado para el mantenimiento de la salud."

martes, 14 de junio de 2016

La Medicina del Trabajo

Medicina del Trabajo

En 1986, la reunión de expertos de la Región de las Américas, organizado por la Organización Panamericana de la Salud, reunidos en un taller sobre enseñanza de la Salud Ocupacional, utilizaron la siguiente definición: “Es el conjunto de conocimientos científicos y de técnicas destinadas a promover, proteger y mantener la salud y el bienestar de la población laboral, a través de medidas dirigidas al trabajador, a las condiciones y ambiente de trabajo y a la comunidad, mediante la identificación, evaluación y control de las condiciones y factores que afectan la salud y el fomento de acciones que la favorezcan”. Agregando a continuación “El desarrollo de la salud ocupacional,debe lograrse con la participación y cooperación de los trabajadores, empresarios, sectores gubernamentales, instituciones y asociaciones involucradas. Para proyectar y ponerla en práctica es necesaria la cooperación interdisciplinaria y la constitución de un equipo, del cual tiene que formar parte el médico de los trabajadores” .


Fte: Tudón J. La medicina del trabajo y la salud ocupacional.Latinoamericana de la Salud y el Trabajo 2004; 4 (2):45.

lunes, 16 de mayo de 2016

Publican en Gaceta decreto de Estado de Excepción y de la Emergencia Económica

En Gaceta Extraordinaria Nº 6.227 se declara el Estado de Excepción y de la Emergencia Económica en todo el país, tal como lo había anunciado el presidente de la República, Nicolás Maduro, el pasado viernes.
El decreto 2.323. de la Gaceta, se indica que “dadas las circunstancias extraordinarias de orden Social, Económico, Político, Natural y Ecológicas que afectan gravemente la Economía Nacional”.
Leal el documento completo AQUI

Objetivos de la Vigilancia Epidemiológica en el Trabajo


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  • Conocer la frecuencia con la que ocurren y la manera en que se distribuyen en la población trabajadora de interés los problemas específicos de salud, bien sean enfermedades, lesiones accidentales o exposiciones a riesgos laborales.
  • Monitorizar la tendencia que siguen en el tiempo los problemas de salud y de exposición a riesgos.
  • Detectar y valorar con rapidez las situaciones de agregaciones inesperadas de casos, bien sean de procesos emergentes o repuntes de enfermedades o exposiciones de riesgo ya conocidas.
  •  Aportar información necesaria para la toma de decisiones en el ámbito de la empresa y del servicio de prevención sobre medidas de control y prevención a corto plazo y sobre estrategias preventivas de mayor alcance.
  • Evaluar la validez y efectividad de los planes y acciones preventivas emprendidas.
  • Ayudar a la formulación de hipótesis que requieren de posteriores diseños de investigación epidemiológica.

viernes, 13 de mayo de 2016

El TSJC declara accidente laboral el suicidio de un empleado de la Caja de Ahorros del Meditarraneo(CAM)

El trabajador se tiró a las vías del metro en 2011, preocupado porque le habían abierto un expediente disciplinario

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado como accidente laboral el suicidio de un trabajador de la antigua Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) al que la entidad había abierto un expediente disciplinario. El hombre saltó frente a un tren en marcha en la estación de metro de Joanic en abril de 2011, cuatro días después de que se le comenzara a investigar y tras haber consultado con un abogado las consecuencias que podría tener la falta cometida. El fallo concluye que existió un “nexo causal entre la acción suicida y las circunstancias acaecidas en la relación laboral”, ya que no se acreditaron “otros factores personales ajenos a su ámbito laboral” que pudieren haberle empujado a tomar la fatídica decisión.
La decisión del TSJC permitirá que la familia del trabajador duplique sus pensiones, ya que en vez de utilizar la base de cotización por contingencia común, se empleará el salario que recibía E. S. O. al momento de su muerte.
E. S. O. trabajaba desde 1998 en una de las oficinas de la CAM en Barcelona cuando un cliente con el que negociaba un depósito estructurado le pidió un informe de solvencia de otra usuaria de la caja de ahorros. El empleado accedió y cuando la afectada se enteró, presentó una reclamación.
El fallecido admitió su error desde un principio, alegó haber sido engañado por el cliente y aseguró en un escrito a la dirección que su “interés legítimo” había sido el de “incrementar las cifras de negocio” de la empresa. Esta le abrió un expediente por faltas muy graves en abril.
Cuatro días después, E. S. O. visitó a un letrado, que lo notó muy preocupado por las consecuencias profesionales del expediente. Este le confirmó que su caso podía acabar en un despido y que se había precipitado al enviar un escrito sin haberlo consultado.
El hombre, que en dicho documento aseguraba estar acostumbrado a contar con la confianza de sus superiores y no haberse visto en una situación similiar en sus 39 años de experiencia, se lanzó a las vías del metro esa misma tarde.
“Era una persona con una carrera brillante y de repente recibía amenazas de que sería despedido y de que perdería su prestigio profesional. Incluso se le dijo que podrían abrirle una causa penal por violación del secreto profesional”, explicó el abogado del Col·lectiu Ronda que representa a la familia, Miguel Arenas.
La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, no valora la actuación de la empresa, pero considera que la relación entre la decisión de suicidarse y los problemas del empleado en el trabajo es “clara” y “no puede tildarse de ilógica o arbitraria”.
No es la primera vez que este tribunal tipifica como accidente laboral un suicidio. En 2014, se pronunció de la misma forma en el caso de un agente rural que acabó con su vida ante la presión que sufrió tras varios incendios ocurridos en el Pirineo mientras estaba de guardia. Pero este tipo de fallos es poco frecuente, ya que se debe acreditar con seguridad el vínculo entre el suicidio y el trabajo y este debe ser la razón exclusiva de la decisión de quitarse la vida.
La familia ya había ganado un juicio en primera instancia en un juzgado de Barcelona en 2014, que condenaba a la mutua Asepeyo a hacer frente a las prestaciones por viudedad y orfandad de la mujer y la hija del fallecido. Este fallo fue recurrido por Asepeyo y el Banco Sabadell, que se hizo con la CAM a finales de 2011.Los demandantes alegaban en su recurso que la muerte no aconteció durante el horario laboral y que el miedo al despido no era el único motivo del estado anímico de E. S. O., sino que la visita al abogado también había influido. Argumentos que fueron desestimados
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