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martes, 16 de noviembre de 2010

Propuesta de Reglamento Parcial para los Delegados y Delegadas de Prevención


TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
____________________________________________________________

Objeto
Artículo 1. El presente Reglamento tiene por objeto desarrollar las disposiciones relacionadas con los Delegados y Delegadas de Prevención establecidas en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, sus Reglamentos y Normas Técnicas, a los fines de:
  1. Fortalecer el ejercicio de las funciones de los Delegados y Delegadas de Prevención, especialmente aquellas relacionadas con la defensa de los derechos humanos de los trabajadores y trabajadoras, la gestión y control de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y el funcionamiento adecuado del sistema de seguridad social.
  2. Defender y garantizar los derechos humanos e intereses de los Delegados y Delegadas de Prevención ante actos o conductas discriminatorias o arbitrarias de los patronos y patronas y sus representantes.
  3. Consolidar los criterios y procedimientos para el ejercicio de los deberes y responsabilidades de los Delegados y Delegadas de Prevención, en la gestión de seguridad y salud en el trabajo y en el Sistema de Seguridad Social, sin más limitaciones que las contenidas en las Leyes, Reglamentos y Normas Técnicas.
  4. Promover formas de organización de los Delegados y Delegadas de Prevención, así como crear y desarrollar los mecanismos para su participación organizada, activa y protagónica en la gestión de seguridad y salud en los centros de trabajo y el Sistema de Seguridad Social.
  5. Fomentar los valores superiores del ordenamiento jurídico del Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia, como fundamento ético de la práctica de los Delegados y Delegadas de Prevención.
Ámbito de aplicación
Artículo 2. Las disposiciones de este Reglamento son aplicables a todos los trabajos efectuados por cuenta de un patrono o patrona, cualquiera sea su naturaleza, el lugar donde se ejecute, persiga o no fines de lucro, sean públicos o privados, existente o que se establezcan en el territorio de la República y, en general, toda prestación de servicios personales, donde haya patronos y patronas, por una parte, y trabajadores y trabajadoras, por la otra, sea cual fuere la forma que adopte. Quedan expresamente incluidos en el ámbito de aplicación de este Reglamento, el trabajo a domicilio, doméstico y de conserjería. Continuar leyendo.....

lunes, 23 de agosto de 2010

Manejo de la exposición ocupacional por VIH y Virus de la Hepatitis B y C

La prevención primaria de la exposición a la sangre es el mejor modo de prevenir la infección por los patógenos de transmisión sanguínea (hepatitis B, hepatitis C, virus de la inmunodeficiencia humana), junto con la correcta evaluación y la administración de la profilaxis postexposición constituye el estándar de cuidado de los accidentes profesionales. La evidencia científica de su eficacia deriva de estudios animales y humanos. Es importante conocer los diferentes fármacos, sus indicaciones, efectos adversos y eficacia potencial. La exposición ocupacional es una urgencia médica, que requiere actuaciones inmediatas. Este artículo describe el estado actual del conocimiento científico en este campo, las áreas de incertidumbre que requieren una respuesta, y resume los principios básicos del manejo de la exposición ocupacional. Lea el articulo completo Aquí

Cáncer Ocupacional: Revisión


Las neoplasias ocupacionales son altamente prevenibles. Esta comunicación resume los datos de los riesgos cancerígenos ocupacionales, destacando grupos importantes de trabajadores y la prevención. La Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC) ha identificado en el Grupo 1 (causa cáncer en humanos), 29 agentes que pueden presentarse en el lugar de trabajo, 26 en el Grupo 2 A (probablemente cancerígeno) y 113 en el Grupo 2B posiblemente cancerígeno). Lea el artículo completo Aquí

Andamios colgantes:prevención en su uso


Los andamios colgantes, son usados en altura como plataformas suspendidas, pudiendo ocurrir graves accidentes, la mayoría de las veces fatales, en caso de no aplicarse las medidas de control preventivo necesarias, tanto en su construcción y montaje como en los procedimientos de trabajo a desarrollarse sobre ellos.Las recomendaciones preventivas que se incluyen en este texto de la Asociación Chilena de Seguridad, permitirán a las empresas que utilizan estos equipos controlar efectivamente las causas de accidentes que en ellos pueden generarse, siendo necesario contar para ello con líneas de supervisión y trabajadores conscientes de sus responsabilidades,y capacitados en los procedimientos de trabajo seguro.

Descargue el documento Aquí




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