miércoles, 11 de abril de 2012

El descanso en el Trabajo (I): Pausas

                                                                  INTRODUCCIÓN. TRABAJO Y DESCANSO
Iniciamos la redacción de este documento en nuestro tiempo de ocio en un entorno natural, un lugar agradable de descanso; luego, se supone que éste no debería ser un documento de trabajo, ¿o sí? Nos sucede como a muchos que no diferencian muy bien los límites entre trabajo y descanso. Tal vez la razón esté en que desarrollar actividades “laboriosas” gratificantes, ya sean remuneradas o no, no facilita tal distinción. Tampoco compartimos la idea bastante extendida en nuestra cultura occidental, en la que con visión nihilista se considera que el trabajo es por naturaleza cansino y por ello hay que evadirse de él lo antes posible, y que solo el ocio es por si mismo placentero. ¿Cuántas personas en su tiempo libre, se supone de descanso, desarrollan extraordinarias capacidades personales y sociales, que en sus actividades laborales, remuneradas tienen adormecidas o no tienen posibilidades de aplicar? Son muchísimas. 
El descanso es consustancial con el trabajo. Uno no puede tener verdadero significado sin el otro, y para que ambos se desarrollen de manera eficaz habrá que encontrar el punto de equilibrio para complementarse de manera alternativa y armoniosa. Para mantener un nivel de atención considerable o bien realizar unos esfuerzos físicos continuados, por pequeños que éstos sean, es imprescindible introducir pausas a diferentes frecuencias y no siempre fácilmente predecibles, para recuperar los niveles óptimos de rendimiento esperados y no generar daños a la salud. Pero hay muchos tipos necesarios de descanso: las vacaciones anuales, el descanso semanal y el diario, esenciales para la vida personal o familiar y la recuperación de nuestra actividad biológica y laboral, y finalmente, las pausas durante la propia jornada de trabajo, que hacen posible que ésta pueda desarrollarse de manera saludable y eficiente. A este último tipo de descanso es al que vamos a referirnos. Desde luego, y a todos los efectos, el descanso durante la jornada laboral debe ser considerado como tiempo de trabajo.
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