LEY ORGANICA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL
Gaceta Oficial N° 37.600 de fecha 30 de diciembre de 2002
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA la siguiente, LEY ORGANICA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Gaceta Oficial N° 37.600 de fecha 30 de diciembre de 2002
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA la siguiente, LEY ORGANICA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Objeto Artículo 1.
La presente Ley tiene por objeto crear el Sistema de Seguridad Social, establecer y regular su rectoría, organización, funcionamiento y financiamiento, la gestión de sus regímenes prestacionales y la forma de hacer efectivo el derecho a la seguridad social por parte de las personas sujetas a su ámbito de aplicación, como servicio público de carácter no lucrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los tratados, pactos y convenciones sobre la materia, suscritos y ratificados por Venezuela. Fines de la Seguridad Social
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