Los profesionales que realicen actividades de asesoría, capacitación y servicios en materia de seguridad y salud en el trabajo, ya sea de forma dependiente o en el libre ejercicio de su profesión, deben cumplir con una serie de requisitos contemplados en el Reglamento de la Lopcymat, en su artículo 40, y son los siguientes:
- Cancelar la tasa por concepto de registro, correspondiente a cinco (05) Unidades Tributarias en la cuenta corriente del Inpsasel Nº 00030029260001183598, en cualquier agencia del Banco Industrial de Venezuela.
- Presentar original y dos (02) copias de la solicitud de registro realizada por Internet, conjuntamente con los siguientes documentos en copias fotostáticas, presentando a su vez, los respectivos originales
- Comprobante de pago de la tasa correspondiente (5 UT).
- Fotocopia de la cédula de identidad.
- Resumen curricular (debe incluir original y copia de todos los soportes que respalden estudios, cursos o demuestren la experiencia en el área en la cual se desea registrar).
- Inscripción en el colegio profesional correspondiente, de ser el caso.
- Toda la documentación debe ser presentada en una carpeta de fibra (marrón) tamaño oficio.
- Presentar la documentacion en original, a fines de verificar la informacion
Puede obtener mayor información Aqui
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Escriba su Comentario