lunes, 16 de mayo de 2016

Publican en Gaceta decreto de Estado de Excepción y de la Emergencia Económica

En Gaceta Extraordinaria Nº 6.227 se declara el Estado de Excepción y de la Emergencia Económica en todo el país, tal como lo había anunciado el presidente de la República, Nicolás Maduro, el pasado viernes.
El decreto 2.323. de la Gaceta, se indica que “dadas las circunstancias extraordinarias de orden Social, Económico, Político, Natural y Ecológicas que afectan gravemente la Economía Nacional”.
Leal el documento completo AQUI

Objetivos de la Vigilancia Epidemiológica en el Trabajo


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  • Conocer la frecuencia con la que ocurren y la manera en que se distribuyen en la población trabajadora de interés los problemas específicos de salud, bien sean enfermedades, lesiones accidentales o exposiciones a riesgos laborales.
  • Monitorizar la tendencia que siguen en el tiempo los problemas de salud y de exposición a riesgos.
  • Detectar y valorar con rapidez las situaciones de agregaciones inesperadas de casos, bien sean de procesos emergentes o repuntes de enfermedades o exposiciones de riesgo ya conocidas.
  •  Aportar información necesaria para la toma de decisiones en el ámbito de la empresa y del servicio de prevención sobre medidas de control y prevención a corto plazo y sobre estrategias preventivas de mayor alcance.
  • Evaluar la validez y efectividad de los planes y acciones preventivas emprendidas.
  • Ayudar a la formulación de hipótesis que requieren de posteriores diseños de investigación epidemiológica.

viernes, 13 de mayo de 2016

El TSJC declara accidente laboral el suicidio de un empleado de la Caja de Ahorros del Meditarraneo(CAM)

El trabajador se tiró a las vías del metro en 2011, preocupado porque le habían abierto un expediente disciplinario

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado como accidente laboral el suicidio de un trabajador de la antigua Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) al que la entidad había abierto un expediente disciplinario. El hombre saltó frente a un tren en marcha en la estación de metro de Joanic en abril de 2011, cuatro días después de que se le comenzara a investigar y tras haber consultado con un abogado las consecuencias que podría tener la falta cometida. El fallo concluye que existió un “nexo causal entre la acción suicida y las circunstancias acaecidas en la relación laboral”, ya que no se acreditaron “otros factores personales ajenos a su ámbito laboral” que pudieren haberle empujado a tomar la fatídica decisión.
La decisión del TSJC permitirá que la familia del trabajador duplique sus pensiones, ya que en vez de utilizar la base de cotización por contingencia común, se empleará el salario que recibía E. S. O. al momento de su muerte.
E. S. O. trabajaba desde 1998 en una de las oficinas de la CAM en Barcelona cuando un cliente con el que negociaba un depósito estructurado le pidió un informe de solvencia de otra usuaria de la caja de ahorros. El empleado accedió y cuando la afectada se enteró, presentó una reclamación.
El fallecido admitió su error desde un principio, alegó haber sido engañado por el cliente y aseguró en un escrito a la dirección que su “interés legítimo” había sido el de “incrementar las cifras de negocio” de la empresa. Esta le abrió un expediente por faltas muy graves en abril.
Cuatro días después, E. S. O. visitó a un letrado, que lo notó muy preocupado por las consecuencias profesionales del expediente. Este le confirmó que su caso podía acabar en un despido y que se había precipitado al enviar un escrito sin haberlo consultado.
El hombre, que en dicho documento aseguraba estar acostumbrado a contar con la confianza de sus superiores y no haberse visto en una situación similiar en sus 39 años de experiencia, se lanzó a las vías del metro esa misma tarde.
“Era una persona con una carrera brillante y de repente recibía amenazas de que sería despedido y de que perdería su prestigio profesional. Incluso se le dijo que podrían abrirle una causa penal por violación del secreto profesional”, explicó el abogado del Col·lectiu Ronda que representa a la familia, Miguel Arenas.
La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, no valora la actuación de la empresa, pero considera que la relación entre la decisión de suicidarse y los problemas del empleado en el trabajo es “clara” y “no puede tildarse de ilógica o arbitraria”.
No es la primera vez que este tribunal tipifica como accidente laboral un suicidio. En 2014, se pronunció de la misma forma en el caso de un agente rural que acabó con su vida ante la presión que sufrió tras varios incendios ocurridos en el Pirineo mientras estaba de guardia. Pero este tipo de fallos es poco frecuente, ya que se debe acreditar con seguridad el vínculo entre el suicidio y el trabajo y este debe ser la razón exclusiva de la decisión de quitarse la vida.
La familia ya había ganado un juicio en primera instancia en un juzgado de Barcelona en 2014, que condenaba a la mutua Asepeyo a hacer frente a las prestaciones por viudedad y orfandad de la mujer y la hija del fallecido. Este fallo fue recurrido por Asepeyo y el Banco Sabadell, que se hizo con la CAM a finales de 2011.Los demandantes alegaban en su recurso que la muerte no aconteció durante el horario laboral y que el miedo al despido no era el único motivo del estado anímico de E. S. O., sino que la visita al abogado también había influido. Argumentos que fueron desestimados
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martes, 10 de mayo de 2016

El cambio de Paradigma en la Percepción de los Riesgos

Lunes, 9 Mayo 2016 Por mSilva
Para poder ser eficaces influyendo hacia una mayor percepción de los riesgos, debemos entender que la percepción no está en lo que hay fuera, está en nuestra propia mente.
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Cuanto ansiamos los prevencionistas que los trabajadores y sus mandos tengan una “adecuada “ percepción de los riesgos, que los lleve a decidir, instruir y actuar de forma segura y saludable. Ahora bien, en mi opinión, antes tenemos que entender un nuevo “paradigma” acerca de la percepción de los riesgos.
La percepción de los riesgos es algo sobre lo que he investigado y he experimentado mucho y he llegado a algunas conclusiones que pueden ayudar a la hora de cambiar la manera de abordarla. He aquí algunas de ellas :
  • Percibimos aquello que queremos ver , y vemos aquello que proyectamos. Esto es un proceso mental , en el cual los sentidos diríamos que son simplemente el medio que hace posible que yo pueda ver aquello que realmente quiero ver. Pero los sentidos no tienen voluntad por si mismos y perciben o no algo, según su decisión. Tan solo son el medio obediente al servicio del pensamiento. Curiosamente cada uno tiene una forma particular de usar sus sentidos en la percepción, fijándose más en detalles visuales, auditivos o sensitivos.
  • La percepción de los riesgos no es algo que esté fuera de las personas sino que está dentro. La percepción no es un proceso que se da de fuera adentro. La percepción está en nuestra “mente”, no está fuera. Vuelvo a decir que vemos lo que percibimos, y no al revés. Por tanto resulta bastante ineficaz trabajar para que las personas vean más cosas, más riesgos, que los que ven en el entorno, si no los ven en su interior.
  • De todos los estímulos que tenemos en nuestro entorno, y en concreto en un entorno laboral, cada persona percibe cosas diferentes. Esto es, a cada persona le llaman la atención, tiende a quedarse, se fija más,  en determinadas cosas. Normalmente son las cosas que para nosotros tienen importancia y por eso nos fijamos en ellas. Las que no la tienen, pasan desapercibidas, quizá ni las vemos, aunque estén delante.
  • A veces nuestra propia interpretación de las cosas hace que nos creemos una expectativa sobre una situación y eso nos dificulte percibirla. Por ejemplo si siempre dejo una herramienta en el mismo sitio y de la misma manera, y un día alguien me la deja de otra manera diferente, es posible que no la vea ya que lo que busco es la expectativa que me he hecho de lo que tengo que encontrar, mi imagen mental.
  • La única persona que puede cambiar su percepción es uno mismo. Se trata de un proceso personal de darse cuenta de algo que antes no se había contemplado. Podemos influir de muchas maneras para que este proceso se dé, pero no podemos imponerlo, es algo interno.
Lo habitual es tratar que las personas amplíen su percepción, lo que comúnmente llamamos como “que se conciencien”, haciendo que vean los riesgos externamente, sobre fotografías, videos, entornos reales. Yo también lo he hecho. No digo que no tenga su utilidad , lo único es que no estamos trabajando en el origen de la percepción sino en el resultado. Es posible que con estas formas clásicas de abordar la percepción, la persona vea algo de lo que no se había percatado, pero eso no quiere decir que tan solo por verlo haya pasado a formar parte de aquello en lo que a partir de ese momento se va a fijar. Ni mucho menos.
Si entendemos la percepción va al revés, su movimiento es de adentro hacia fuera, debemos de cambiar la forma de influir sobre ella y trabajar en las causas internas, fundamentalmente creencias, juicios a cerca de los riesgos , de la seguridad, etc. y de los valores, de aquello que es importante, para realmente ser efectivos.
Para eso tienes que prepararte, tienes que conocer como funciona la percepción, como funciona el pensamiento, tienes que ser el primero en atreverte a mirarte hacia adentro, porque primero lo vas a tener que validar en ti,  y decidirte a salir de la zona conocida.
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Fte: http://www.prevencionintegral.com/

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