miércoles, 11 de marzo de 2015

Conozca la LOPCYMAT. Facultades del Comité de Seguridad y Salud Laboral

Conozac la LOPCYMAT. Facultades del Comité  de Seguridad y Salud Laboral
Facultades del Comité 
de Seguridad y Salud Laboral


En el ejercicio de sus funciones, el Comité de Seguridad y Salud Laboral está facultado para:
  1. Aprobar el proyecto de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa y la vigilancia de su cumplimiento para someterlo a la consideración del Inpsasel.

  2. Vigilar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y conocer directamente la situación relativa a la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales y la promoción de la seguridad y salud, así como la ejecución de los programas de la recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, y la existencia y condiciones de la infraestructura de las áreas destinadas para esos fines, realizando a tal efecto las visitas que estime oportunas

  3. Supervisar los servicios de salud en el trabajo de la empresa, centro de trabajo o explotación.

  4. Prestar asistencia y asesoramiento al empleador o empleadora y a los trabajadores y trabajadoras.

  5. Conocer cuántos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de prevención, en su caso.

  6. Denunciar las condiciones inseguras y el incumplimiento de los acuerdos que se logren en su seno en relación a las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

  7. Conocer y analizar los daños producidos a la salud, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas.

  8. Conocer y aprobar la memoria y programación anual del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.

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