miércoles, 11 de marzo de 2015

Conozca la LOPCYMAT. Atribuciones del Comité de Seguridad y Salud Laboral

Atribuciones del Comité de Seguridad y Salud Laboral

Atribuciones del Comité
de Seguridad y Salud Laboral

El Comité de Seguridad y Salud Laboral tendrá las siguientes atribuciones:
  1. Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo. A tal efecto, en su seno considerará antes de la puesta en práctica y en lo referente a su incidencia en la Seguridad y Salud en el Trabajo, los proyectos en materia de planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías, organización y desarrollo de las actividades de promoción, prevención y control de los riesgos, así como la recreación, utilización del tiempo libre, descanso o turismo social y dotación, mantenimiento y protección de la infraestructura de las áreas destinadas para esos fines y del proyecto de organización y formación en esta materia.

  2. Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para el control efectivo de las condiciones peligrosas de trabajo, proponiendo la mejora de controles existentes o la corrección de las deficiencias detectadas

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