jueves, 10 de noviembre de 2011

Anexo 3. Convocatoria a elecciones de delegados y delegadas de prevención


Anexo 3. Convocatoria a
 elecciones   de  delegados
 y delegadas de prevención
De conformidad con lo establecido en los artículos 41 y 44 de la Lopcymat, corresponde a los trabajadores la convocatoria a elecciones (anexo 3) de los delegados o delegadas de prevención. El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales también podrá convocar a los trabajadores a realizar las actuaciones necesarias para la elección de sus representantes en el Comité de Seguridad y Salud Laboral. Una vez que los trabajadores notifiquen al Inspector del Trabajo la intención de elegir los delegados o delegadas de prevención dispondrán de 30 días para convocar y realizar las elecciones.


Lea y descargue el anexo 3 




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