REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL
DESPACHO DEL MINISTRO
Nº 6227
Caracas, 01/12/08
198º y 149
RESOLUCIÓN
El Ministro del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, designado mediante Decreto N° 6.012, de fecha 15 de abril de 2008, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.910, de la misma fecha, en ejercicio de las atribuciones establecidas en los numerales 19 y 27 del artículo 77 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con el numeral 10 del artículo 14 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, de conformidad con el articulo 8 del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención y Condiciones de Trabajo; Continuar Leyendo ........
Segùn entiendo esta norma que entrò en vigencia carece del soporte necesario para presentaciòn ante el INPSASEL, la ùltima vez que fui a sus oficinas me fue informado que se debia "esperar unos lineamientos desde Caracas" para registrar el programa (adaptado a esta norma) pero van poco mas de 2 años y no veo que las tales lineamientos hayan sido creados.
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